Respuesta rápida: para instalar placas solares de uso común en el tejado de un edificio basta con el voto favorable de un tercio de los propietarios que representen, a su vez, un tercio de las cuotas de participación. Los vecinos que voten en contra no pagan la instalación ni su mantenimiento, pero tampoco se benefician de ella, salvo que se incorporen después pagando su parte.
Es la opción más eficiente para quien vive en un piso: el tejado común suele tener más superficie y mejor orientación que cualquier balcón, y los costes fijos se reparten entre varios.
Qué dice la Ley de Propiedad Horizontal
| Situación | Qué hace falta | Quién paga |
|---|---|---|
| Instalación de renovables para uso común (art. 17.1 LPH) | Un tercio de los propietarios que sumen un tercio de las cuotas | Solo quienes votan a favor |
| La obra implica cambios estructurales en el edificio | Mayorías reforzadas según el tipo de obra | Según el acuerdo de la junta |
| Un vecino quiere placas solo para él en la cubierta común | Autorización de la comunidad, al tratarse de un elemento común | El vecino que la instala |
Los propietarios que no votaron a favor pueden sumarse más adelante abonando lo que les habría correspondido, actualizado con el interés legal. Para casos dudosos, como un tejado que es privativo de un ático, consulta al administrador de fincas.
Cómo se reparte la energía: el autoconsumo colectivo
Una sola instalación puede dar energía a varias viviendas. Cada vecino participante tiene asignado un coeficiente de reparto, que es el porcentaje de la producción que le corresponde.
- Coeficientes fijos: cada vivienda recibe siempre el mismo porcentaje, por ejemplo según lo que aportó a la inversión.
- Coeficientes variables por horas: el reparto cambia según la hora, lo que permite dar más energía de día a quien teletrabaja y menos a quien está fuera.
El reparto se firma en un acuerdo de reparto que el instalador comunica a la distribuidora. Lo que cada vecino no consume en el momento se trata como sus excedentes y se descuenta en su propia factura mediante la compensación simplificada.
Cada vecino mantiene su contrato de luz. No hace falta cambiar de comercializadora para entrar en el autoconsumo colectivo, aunque sí conviene elegir una que pague bien los excedentes.
Pasos para hacerlo
- Pedir al administrador que incluya el punto en el orden del día de la junta.
- Encargar un estudio técnico previo: superficie útil del tejado, sombras, estado de la cubierta y producción estimada.
- Pedir al menos tres presupuestos con la misma potencia.
- Votar en junta y dejar en el acta quién participa y con qué porcentaje.
- Firmar el acuerdo de reparto entre los participantes.
- La instaladora tramita licencia municipal, legalización y comunicación a la distribuidora.
- Cada participante pide a su comercializadora la compensación de excedentes.
Los trámites técnicos son los mismos que en una vivienda individual: los explicamos en cómo legalizar una instalación de autoconsumo.
Ayudas para comunidades
Las comunidades de propietarios tienen una ventaja fiscal clara en 2026: la deducción del IRPF por obras de mejora energética en edificios residenciales llega al 60 %, con una base máxima acumulada de 15.000 € por vivienda, y su plazo se extiende hasta el 31 de diciembre de 2027. Requiere certificados energéticos del edificio antes y después de la obra. Más detalle en la deducción del IRPF por placas solares.
Cuánto ahorra cada vecino
Depende de los kWp asignados a cada vivienda y de su consumo diurno. Como orden de magnitud, cada kWp produce entre 1.100 y 1.700 kWh al año según la zona. Una vivienda con 1 kWp asignado en el centro peninsular, que consuma en directo la mitad de esa energía, ahorraría unos 115 € al año en energía comprada (725 kWh a 0,16 €) más unos 36 € de excedentes compensados (725 kWh a 0,05 €).
Preguntas frecuentes
¿Puede un vecino oponerse a que se pongan placas en el tejado?
Puede votar en contra, pero si se alcanza el tercio de propietarios y de cuotas, la instalación sigue adelante. Quien vota en contra no paga la instalación.
¿Qué pasa si vendo mi piso?
La participación va ligada a la vivienda. El acuerdo de reparto debe prever cómo se transmite al nuevo propietario; conviene que lo recoja el acta de la junta.
¿Puedo poner placas en mi balcón sin permiso de la comunidad?
Si el panel queda por dentro de la barandilla y no altera la fachada, normalmente no hace falta votación, aunque conviene informar. Lo explicamos en el kit solar de balcón.
Última actualización: 18 de octubre de 2026.
Fuentes
- El Español: mayorías de la Ley de Propiedad Horizontal para placas solares
- Agencia Tributaria: deducciones por eficiencia energética 2026