Deducción en el IRPF por placas solares en 2026: requisitos, límites y plazos

Respuesta rápida: puedes deducirte en el IRPF el 40 % de lo invertido en placas solares, hasta 3.000 €, si la instalación reduce al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable de tu vivienda o la lleva a calificación energética A o B. Hay que acreditarlo con certificados energéticos antes y después, y la obra debe estar pagada antes del 31 de diciembre de 2026. En edificios de viviendas la deducción llega al 60 % y el plazo se alarga hasta finales de 2027.

Las tres deducciones

DeducciónPara qué obrasRequisitoBase máximaPlazo de las obras
20 %Vivienda habitual u otra en alquilerReducir al menos un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración5.000 € al añoHasta el 31/12/2026
40 %Vivienda habitual u otra en alquilerReducir al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable, o lograr calificación A o B7.500 € al añoHasta el 31/12/2026
60 %Edificios de uso predominantemente residencialMismo requisito que la del 40 %, en el edificio5.000 € al año y 15.000 € acumulados por viviendaHasta el 31/12/2027

Las placas solares encajan sobre todo en la del 40 %, porque la energía que producen reduce el consumo de energía primaria no renovable. La del 20 % está pensada para aislamiento, ventanas o climatización eficiente.

Requisitos uno a uno

  • Ser propietario de la vivienda. Si no es tu vivienda habitual, debe estar alquilada o destinarse al alquiler, con un plazo para alquilarla que fija la norma.
  • Certificado energético previo, emitido antes de empezar la obra (como máximo con dos años de antigüedad).
  • Certificado energético posterior que acredite la mejora. Para las deducciones del 20 % y del 40 %, debe expedirse antes del 1 de enero de 2027.
  • Pago por medios trazables: tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta. El efectivo no da derecho a deducción.
  • Restar las subvenciones que recibas para la misma obra antes de aplicar el porcentaje.

Ejemplo de cálculo

Instalación de 7.000 € pagada por transferencia en noviembre de 2026, con certificado posterior emitido en diciembre que acredita calificación B. No ha recibido subvenciones. Deducción: 40 % de 7.000 € = 2.800 €, que se aplica en la declaración de la renta del ejercicio en que se expidió el certificado posterior, en este caso la de 2026, que se presenta en 2027.

Si la instalación costase 9.000 €, la deducción se quedaría en 3.000 €, porque la base máxima es de 7.500 €.

Plazo ajustado: a mediados de octubre de 2026 quedan unas diez semanas para terminar, pagar y certificar la obra. Si vas a instalar ahora, pide el certificado previo antes de que empiece y confirma por escrito con la instaladora la fecha de finalización.

Una deducción que se prorroga año a año

Estas deducciones nacieron en 2021 con fecha de caducidad y se han ido prorrogando mediante reales decretos-ley. En 2026, la norma que cita la Agencia Tributaria es el Real Decreto-ley 7/2026. Como en estos años algún decreto de prórroga no fue convalidado y tuvo que repetirse, consulta la web de la Agencia Tributaria antes de contar con la deducción.

Deducciones autonómicas

Algunas comunidades autónomas tienen deducciones propias por instalaciones de autoconsumo o eficiencia energética en el tramo autonómico del IRPF, compatibles con la estatal. Revisa la de tu comunidad en el manual de la renta de la Agencia Tributaria.

Preguntas frecuentes

¿Puedo deducirme las placas si ya las instalé sin certificado previo?

Es muy difícil, porque la deducción exige comparar un certificado anterior a la obra con otro posterior.

¿En qué año se aplica la deducción?

En la declaración del ejercicio en el que se expide el certificado energético posterior, siempre dentro de los plazos de la norma.

¿Es compatible con la bonificación del IBI?

Sí. Son impuestos distintos. Lo explicamos en la bonificación del IBI y del ICIO.

Última actualización: 18 de octubre de 2026.

Fuentes

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